Escala a Poder Judicial guerra de AMLO contra Xóchitl

Por: Víctor Fuentes

Ahora no fue una autoridad electoral la que pidió al Presidente Andrés Manuel López Obrador cesar sus ataques contra la opositora Xóchitl Gálvez. El asunto escaló a un juez federal que ordenó frenar expresiones de «malicia» y «discursos de odio» contra la precandidata presidencial, así como eliminar de sus redes sociales y páginas de internet las que ya ha emitido.
A diferencia de las decisiones de órganos electorales, una sentencia judicial puede ser castigada hasta con cárcel en caso de ser desobedecida.

Martín Santos, juez Octavo de Distrito en Materia Administrativa, concedió ayer una suspensión provisional en el amparo promovido por Gálvez el pasado 18 de julio, cuatro días después de que en su conferencia mañanera López Obrador diera detalles sobre los ingresos de las empresas de la senadora.

«Se concede la suspensión provisional para el efecto de que las autoridades responsables se abstengan de llevar a cabo manifestaciones con malicia efectiva en todas las señales de la Presidencia de la República y redes sociales de las autoridades responsables», ordenó el juez.

Otros efectos de la suspensión son los siguientes: «Que las autoridades se abstengan de transmitir, a través de las cuentas oficiales de Twitter, cualquier discurso de odio hacia la quejosa». También resolvió que se elimine u ordene la eliminación inmediata en cuentas de Twitter de las publicaciones referidas como actos reclamados. Lo mismo para las páginas de internet y de todas sus redes sociales (primordialmente YouTube, Facebook y Twitter, y del programa La Mañanera) de todas las declaraciones, comunicados, publicaciones y contenidos audiovisuales en los que aluden a Gálvez.

El juez aclaró que no se está privando a la sociedad de acceder a información sobre Gálvez que provenga de agentes diversos a la Presidencia, sino que el litigio se refiere a una persona que defiende su derecho al honor, la dignidad y la vida privada, frente a un ente del Estado que difunde información que legalmente tendría que estar resguardada.

La Consejería Jurídica del Ejecutivo puede impugnar ante un tribunal colegiado, que tendrá 48 horas para resolver, pero dicho recurso no exenta a las autoridades de acatar el mandato del juez Santos, quien resolverá el 11 de agosto si concede la suspensión definitiva.

La violación a una suspensión concedida en un juicio de amparo es un delito federal que se castiga con tres a nueve años de prisión, a diferencia de las órdenes que las autoridades electorales dictaron contra AMLO para que deje de aludir a Xóchitl Gálvez, que no conllevan una sanción y que el Presidente ha desacatado repetidamente.

La propia Gálvez es quien tendría que denunciar ante el juez incumplimientos de la suspensión, y Santos tendría que valorar si las acciones del Presidente o de sus subordinados entran o no en el ámbito de las conductas que está prohibiendo.

Los jueces no son quienes presentan la acusación penal por este delito, sino que sólo pueden denunciarlo ante la Fiscalía General de la República.